ORGANO DE MEDIACIÓN INSCRITO EN EL N° 809 DEL REGISTRO DE ORGANISMOS CONCILIATIVOS Y EN EL N° 427 DE LA LISTA DE INSTITUCIONES DE CAPACITACIÓN ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA.

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Cómo unirse a la Mediación

Página actualizada el 22/10/2024

Unirse a Mediación es muy sencillo, sólo sigue estos pequeños pasos:

Unirse a la mediación

Descarga la aplicación

Complete y firme el formulario de solicitud de Mediación

Si tiene la intención de unirse a una mediación, presente la solicitud de membresía completada mediante el formulario que se puede editar en todas sus partes para proporcionar toda la información para identificar a las Partes y los términos de la disputa.

Remitirlo al Organismo, adjuntando copia del pago de los gastos de puesta en marcha, de conformidad con lo dispuesto en el art. 28 del Decreto núm. 150 de 24.10.2023, en la cuenta corriente a nombre del “Organismo di Conciliazione Concordia et Ius srl” con IBAN IT 56 U 03069 04601 100000006777 de una de las siguientes formas:

en uno de los siguientes modos:


  • a través de PEC en concordiaetius@mypec.eu
  • por correo electrónico a info@concordiaetius.it
  • por fax al 091.772.5972
  • por correo certificado con acuse de recibo a la dirección del Órgano de Conciliación

Concordia et Ius srl, en Via G. Sciuti, n. 164, 90144 - Palermo

  • depositando el formulario de solicitud de mediación en el

Domicilio registrado de la Organización o en una de las oficinas acreditadas,

previendo el pago de los costos iniciales a través de POS o en efectivo

si aún no lo has hecho mediante transferencia bancaria.


La Secretaría comunicará que el caso ha sido asumido, la fecha de la primera reunión y el nombre del Mediador designado e invitará a las Partes a la primera reunión de Mediación.


La primera reunión de Mediación implica que las Partes inicien efectivamente una mediación, con el objetivo de llegar a una Conciliación, con una duración mínima de dos horas, que puede ampliarse el mismo día, previo acuerdo con la Secretaría, que normalmente tiene lugar en un plazo de entre 20 y 20 minutos. y 40 días desde la presentación de la solicitud, al final de los cuales las Partes deberán expresar al Mediador su voluntad de continuar la mediación o concluir el intento.

Si la primera reunión termina sin conciliación y las Partes deciden continuar, la mediación se pospone para otra fecha con la fijación de una o más reuniones posteriores de diferente duración, acordadas de acuerdo con las necesidades y disponibilidad de los participantes.

En caso de continuación más allá de la primera reunión, los costos adicionales de la mediación deberán ser pagados por las Partes de acuerdo con lo dispuesto en el art. 30 y siguientes. del Decreto núm. 150 de 24.10.2023 en base al valor de la disputa.

En las mediaciones obligatorias es necesario que las Partes estén asistidas por un abogado; Sin embargo, en las mediaciones voluntarias las Partes pueden participar solas.

Cómo termina la mediación

La mediación puede concluir, en caso de resultado positivo, con la firma de un acuerdo entre las Partes, en cuyo caso el protocolo de acuerdo, firmado por las Partes y sus abogados constituye un título ejecutivo, tiene el valor de una sentencia y es inmediatamente ejecutable.

Cuando no se llegue a un acuerdo, el Mediador podrá formular una propuesta de conciliación. Si las Partes deciden no sumarse al mismo, el Mediador reconoce sus respectivas posiciones en el informe de falta de conciliación.

La mediación también puede definirse con la falta de comparecencia del informe, si la Parte invitada debidamente convocada decide no participar ni siquiera en la primera reunión.

Tabla de asignaciones

de mediación

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Reglamento de

mediación

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Iniciar mediación

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