ORGANO DE MEDIACIÓN INSCRITO EN EL N° 809 DEL REGISTRO DE ORGANISMOS CONCILIATIVOS Y EN EL N° 427 DE LA LISTA DE INSTITUCIONES DE CAPACITACIÓN ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA.

ORGANO DE MEDIACIÓN INSCRITO EN EL N° 809 DEL REGISTRO DE ORGANISMOS CONCILIATIVOS Y EN EL N° 427 DE LA LISTA DE INSTITUCIONES DE CAPACITACIÓN ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA.

Ámbito de aplicación

Página actualizada el 22/10/2024

Reglamento de Mediación

El Órgano de Conciliación Concordia et Ius srl fue creado con el objetivo de fomentar la promoción de la cultura de la Mediación.

Por ello se ha adoptado el presente Reglamento para la gestión de los procedimientos de Mediación, con el fin de administrar y tratar de resolver conflictos, tanto nacionales como internacionales, tanto civiles como mercantiles, incluidos los conflictos de carácter empresarial y de consumo, en todos los ámbitos en los que El procedimiento de mediación está previsto legalmente en materia de derechos disponibles, entre particulares, entre empresas, entre asociaciones u entidades, entre empresas y consumidores, entre empresas y la Administración Pública, como alternativa y en auxilio de los órganos de la jurisdicción ordinaria, con la intención de proponerse como Órgano de Mediación.

El Reglamento se aplica a las mediaciones nacionales relativas a los derechos disponibles. Las disputas internacionales pueden estar sujetas a otras Regulaciones basadas también en los acuerdos estipulados entre el Órgano de Conciliación Concordia et Ius srl y sus socios extranjeros.

Reglamento de Mediación

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